Hasta hace algo más de medio año, un seguro a terceros de un automóvil estándar le costaba a una mujer de mediana edad unos 320 euros, es decir, cerca de 100 euros menos que a un hombre de perfil similar.
¿La razón? Que las compañías aseguradoras establecían como criterios para calcular las posibilidades de sufrir un siniestro el tipo de vehículo o la edad, profesión, historial de siniestros y el sexo del conductor.
Y, según las estadísticas, las mujeres han presentado siempre un índice más bajo de accidentalidad, además de que los incidentes suelen ser más leves dado que, en general, las mujeres conducen menos y emplean vehículos más pequeños.
Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea emitió una sentencia en marzo de 2011 que quiso acabar con la discriminación por sexo en los seguros. Así, desde el pasado mes de diciembre de 2012, las aseguradoras se han visto obligadas a dejar de ofrecer pólizas con descuentos que vayan en función de si el conductor es hombre o mujer.
Este hecho no significa que las mujeres vayan a pagar siempre el mismo importe que los hombres, sino que las compañías ya no pueden justificar las diferencias en el precio de las primas por ello.
No obstante, los conductores prudentes –por ejemplo, los que no presenten partes de accidentes en un periodo concreto de tiempo- podrán seguir disfrutando de las bonificaciones correspondientes, independientemente de si son hombres o mujeres.
Por otra parte, destaca que esta Directiva de Género no sólo afecta a las pólizas de los coches ya que, en términos generales, los hombres también pagaban más en los seguros de fallecimiento, mientras que las mujeres desembolsaban un mayor importe en las primas de salud privada –justificado, por ejemplo, por los gastos que se derivarían en caso de embarazo- o supervivencia.
Así, se ha buscado la mayor igualdad en todos los servicios para que ser hombre o mujer no sea, en ningún caso, una razón para obtener un mayor beneficio en ámbitos en los que no está justificado que este hecho se mantenga.