El nuevo Reglamento quiere armonizar la normativa para que sea la misma en todos los países miembros de la UE, cuya fecha límite para la transposición de su contenido a estos países es el 19 de enero de este 2011. Es por eso que la normativa española haya obligado a rediseñar los carnés de conducir para motos de forma gradual. Veamos las características de los permisos para motos y ciclomotores y los nuevos nombres que reciben:
- Ciclomotor, Permiso AM: se necesitan 15 años de edad para poder tenerlo y se ha de realizar un examen teórico y una prueba práctica en un circuito cerrado. Antes se podía sacar con 14 años.
- Motocicleta hasta 125 cc, Permiso A1: son necesarios 16 años de edad y hacer tres exámenes: uno teórico, uno práctico en circuito cerrado y otro práctico en vía abierta al público. Este no ha cambiado, edad y requisitos son los mismos.
- Motocicleta hasta 500 cc, Permiso A2: mínimo de 18 años y dos años de antigüedad con el Permiso A1. Este permiso no existía anteriormente.
- Motocicleta más de 500 cc, Permiso A: hay que tener un mínimo de 20 años de edad, tener el Permiso A2 desde al menos dos años antes y superar la formación específica para este permiso. Anteriormente bastaba con tener 18 años.
El Permiso A2, el nuevo para motos de hasta 500 cc, es una de las grandes novedades de este Reglamento, y se puede obtener de manera directa o progresiva. De manera directa es cuando teniendo 18 años se superen todas las pruebas teóricas y prácticas correspondientes, mientras que de manera progresiva puede conseguirse si se tiene el permiso A1 desde hace al menos dos años y supera también unas pruebas de aptitudes y comportamientos.