¿Puedo conducir un vehículo agrícola con el permiso de motocicleta de 125 cc?
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Permiso A 1 (16 años) : MOTOCICLETAS hasta 125 cc., potencia máx. 11 kw y relación potencia/masa hasta 0,11 kw/kg. Con el A1 también puedes conducir: todos los del AM y veh. para personas de movilidad reducida (LCM) y TRICICLOS DE MOTOR hasta 15 kw (20 cv).
Para los Vehículos Especiales Agrícolas y conjuntos de los mismos necesitarás:
- Si NO excede límites (de masas y dimensiones ordinarias) ni tampoco supera los 45 km/h : Licencia Veh. Agríc (LCV), de lo contrario, el permiso B. Y si además transportas más de 9 personas: permiso D1.
Un saludo,
Autoescuela Sidney - Valdemoro
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Con el A1, motocicletas de 125cc, y para vehículos agrícolas, necesitarás la licencia LVA. Un saludo.
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Hola Manuel:
Con el Permiso de Conducir "A1", que es el que autoriza a conducir las motocicletas a las que te refieres sólo autoriza a conducir Coches de Minusválidos. No autoriza a conducir Vehículos Agrícolas en ningún caso.
Un saludo.
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